Presentación
Asesoría comercial y especializada en comercio exterior para los diferentes sectores productivos. Estos incluyen valoración aduanera, requisitos de accesos a mercados internacionales para productos específicos, desgravación arancelaria, recuperación del Drawback exportador, estadísticas comerciales de exportación e importación, apoyo en procedimientos documentarios con instituciones del estado relacionados al tránsito internacional de mercancías y elaboración de reportes con tendencias comerciales a nivel mundial. Contamos con un staff de profesionales con experiencia para cada sector que a su vez disponen de herramientas de inteligencia comercial para ofrecerle la información necesaria y oportuna para sus negocios.
Preguntas Frecuentes
En toda exportación se incluyen los siguientes documentos: Factura Comercial, Lista de Empaque o “Packing List”, Certificado Fitosanitario, Certificado de Calidad, Certificado de Origen, Orden de Embarque, Declaración Aduanera de Mercancías (DAM) y el Conocimiento de Embarque. Es importante mencionar que dependiendo del tipo de producto algunos documentos se pueden obviar.
Existen 03 métodos de pago internacional: Carta de crédito, cobranza documentaria y transferencias. Las transferencias solo deben proceder cuando se tenga confianza con el proveedor y que ya hayan realizado diversas operaciones, caso contrario, no debe recurrir a girar anticipos ante proveedores nuevos. Lo mejor es que recurra al uso de la carta de crédito, medio de pago no 100% seguro, pero más seguro por la transacción de banco a banco.
Los incoterms (Internacional Commercial Terms o Terminos de Comercio Internacional) son reglas internacionales que tienen por objetivo ofrecer una interpretación uniforme sobre los términos de entrega, asi como las obligaciones y derechos del comprador y vendedor especificados en los contratos de compraventa internacional para las operaciones de comercio exterior. .
La exportación de bienes no está afecta a ningún tributo. El servicio que presta la SUNAT en cuanto a la exportación, es el de facilitar la salida al exterior de las mercancías, para mejorar nuestra competitividad y oferta exportable frente a otros países de la región.
En principio, entendemos por MUESTRAS para exportación a aquellos productos o manufacturas que al salir del país solo tienen por finalidad demostrar sus características, pudiendo ser éstas con o sin valor comercial. Se entiende que la muestra no tiene carácter comercial cuando no exista venta entre las partes.
La exportación de MUESTRAS, sea con o sin valor comercial se rige por los Procedimientos de Despacho Simplificado de Exportación INTA-PE.02.01 o Exportación Definitiva INTA-PG.02, en este último caso, si el valor FOB de las mercancías excede los dos mil dólares americanos (US$ 2000,00); o también se puede efectuar como un envío postal, sujeto a las condiciones establecidas en el Procedimiento General INTA-PG.13 Envíos o Paquetes transportados por Concesionarios Postales.
Como persona natural, usted puede efectuar operaciones de importación sin necesidad de contar con RUC, conforme a lo dispuesto en el artículo 3º, incisos g) y h), de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT que aprueba las disposiciones reglamentarias a la Ley del Registro Único de Contribuyentes (Decreto Legislativo Nº 943), pero siempre que se encuentre en algunas de las siguientes situaciones :
a. Cuando realicen en forma ocasional importaciones de mercancías, cuyo valor FOB por operación no exceda de mil dólares americanos (US $ 1,000.00) y siempre que registren hasta tres (3) importaciones anuales como máximo; o
b. Cuando las personas naturales por única vez, en un año calendario, importen mercancías, cuyo valor FOB exceda los mil dólares americanos (US $ 1,000.00), y siempre que no supere los tres mil dólares americanos (US$ 3,000.00).